VALORACIÓN INICIAL DE LOS RD
DESARROLLO LOCE (STEs)
18.02.03
¿Cuándo y qué medidas se van a aplicar para
desarrollar la LOCE?
El nuevo marco legal es tan complejo que no va a ser nada sencillo el
desarrollo de la nueva Ley. Los aspectos más complejos (reválida, dirección de centros,
profesorado...) quedan para más adelante. Las prisas del ministerio se centran en imponer
más repeticiones y exámenes y en aportar más dinero a la privada, garantizando que toda
la enseñanza infantil (3-6 años) en centros privados sea gratuita en el 2005-2006.
PRIMARIA
Calendario
En el próximo curso las cosas quedan como están; en el 2004-2005 se
reforma el primer ciclo y en el 2005-2006 el segundo y el tercero.
Enseñanzas
. Se adelanta el aprendizaje obligatorio de una lengua extranjera a los
6 años
. Los alumnos podrán repetir curso una sola vez a lo largo de la E.
Primaria
. Se establecen Pruebas Generales de Diagnóstico (sin efectos
académicos) para evaluar el sistema educativo.
ESO
Promoción y titulación
.La evaluación se realizará por asignaturas al final de cada uno de
los cursos.
. Los alumnos que no superen alguna asignatura podrán realizar una
prueba extraordinaria para recuperarla, cuya fecha será determinada por cada CC.AA.
. Los alumnos con tres o más suspensos deben repetir curso.
. Se puede repetir una sola vez cada curso.
Frente al discurso machacón de que se termina con la "promoción
automática", la realidad es que los alumnos repetidores que no aprueben pueden
promocionar automáticamente al curso siguiente (art. 29 LOCE):
. si el alumno estuviera cursando 1º de la ESO a 2º.
. si el alumno estuviera cursando 2º o 3º, al itinerario de 3º o .º
que se considere más adecuado para el alumno o a un Programa de Iniciación Profesional
(en este último caso, sólo para alumnos con 15 años cumplidos).
La decisión de esta promoción queda teóricamente en manos del equipo
de evaluación -lo que aumentará la presión de padres y alumnos obre los profesores-.
Ante la ausencia normativa de criterios objetivos para esta toma de decisiones, es
probable que se produzcan considerables diferencias entre los equipos de evaluación de
distintos grupos y centros en la orientación de los alumnos hacia itinerarios o hacia
Programas de Iniciación Profesional.
Es probable además que las posibilidades de orientar a los alumnos
hacia los Programas de Iniciación profesional queden muy mermadas por la carencia de
plazas escolares en estos programas. El proyecto de Real Decreto de la ESO reconoce que no
todos los centros dispondrán de estos programas. Estos programas necesitan una
aportación finaciera importante en recursos materiales y nuevo profesorado para los
módulos profesionales y pueden quedar tan reducidos como los actuales Programas de
Garantía Social. El resultado será la promoción automática de los repetidores hacia
los itinerarios.
. Para obtener el título de Graduado de la ESO será necesario haber
aprobado todas las asignaturas. En casos excepcionales, se podrá obtener el título con
dos suspensos, siempre que ambos no sean simultáneamente Lengua y Matemáticas.
Conviene recordar que en la actualidad solo el 2,5% de los alumnos que
obtienen el título de la ESO tienen más de dos materias suspensas.
Los Itinerarios
.Comenzarán a aplicarse en el 2003-2004 en 3º de la ESO
(Científico-Humanístico y Tecnológico), y un año después en 4º (el itinerario
Científico-Humanístico se desdobla en Científico y Humanístico).
.Los Itinerarios en 3º ESO se diferencian esencialmente en el tipo de
matemáticas a cursar: Matemáticas A (más operativas y prácticas) y Matemáticas B
(más conceptuales y científicas). Por tanto, a los 14 años, se separa a los alumnos con
mejores rendimientos, que seguirán el itinerario Científico-Humanístico, pensado para
los que van a cursar Bachillerato, de los que obtienen peores notas, a los que se les
encaminará hacia el itinerario Tecnológico, concebido para los estudiantes que después
se apuntarán en la Formación Profesional.
Currículo
.La novedad principal es que todos los alumnos cursarán
obligatoriamente Cultura Clásica en 3º de la ESO y Latín en el itinerario Humanístico
en 4º de la ESO. Además aparece como asignatura evaluables con efectos académicos
-aunque no incide en las repeticiones- la asignatura Sociedad, Cultura y Religión, cuyos
contenidos versarán en ambos casos sobre el fenómeno religioso, con dos opciones:
confesional y no confesional. Y es también posible que la Biología y Geología de 4º
ESO pueda no ser ofrecida por los centros para ningún itinerario, ya que en el borrador
del decreto no obliga a todos los centros a ofertar todas las optativas.
. Desaparece la optatividad en 3º ESO y se reduce considerablemente en
4º.
. Igualmente desaparecen los Programas de Diversificación, sustituidos
por una mención genérica -que no concreta nada- a medidas de refuerzo educativo en 1º y
2º de la ESO y los Programas de Iniciación Profesional. No se dice nada de la situación
en que queda el profesorado de ámbito.
Estas novedades aumentarán la inestabilidad de las plantillas de los
centros, generando un excedente de proresorado, sobre todo en aquellas especialidades
potenciadas por la LOGSE: Tecnología, Plástica, Música...
Programas de Iniciación Profesional
. Se crean los Programas de Iniciación Profesional -sustituyen a la
actual Garantía Social- para aquellos estudiantes mayores de quince años que no deseen
cursar itinerarios, y que viene a ser un aparcamiento para los que por distintas razones
se muestren incapaces de seguir un ritmo regular de enseñanza.
. Tendrán una duración de dos cursos académicos, con una formación
básica y una Formación Profesional específica, integrada por módulos profesionales,
incluyendo un periodo de formación en centros de trabajo en el 2º curso. No se indica
nada respecto a los contenidos de las asignaturas de la formación básica.
. Los Programas de Iniciación profesional conducirán a la obtención
del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
BACHILLERATO
. Las cuatro modalidades actuales se reducen a tres: Bachillerato de
las Artes; Bachillerato de Ciencia y Tecnología; y Bachillerato de Humanidades y Ciencias
Sociales.
. Para cada uno de ellos se mantienen las asignaturas establecidas en
los Reales Decretos de Enseñanzas Mínimas del año 2000.
. Título de Bachillerato: aprobar todas las asignaturas de los dos
cursos y superación de la Prueba General de Bachillerato. La calificación del
Bachillerato será la media entre la calificación obtenida en la PGB y la media del
expediente académico del alumno en el Bachillerato.
Los alumnos que aprueben todas las materias de Bachillerato pero no
aprueben la Prueba General (Reválida) no tendrán el título de Bachiller ni acceder a la
Universidad. Para continuar estudios de FP de Grado Superior deben superar una prueba.
Los alumnos que quieran continuar estudios universitarios tendrán que
aprobar, además de la Reválida, las diferentes pruebas específicas que establecerán
las facultades con mayor demanda (LOU).
Tipos de centros
.¿Qué centros van a impartir los itinerarios?
Cuando habla de "itinerarios" la LOCE dice (art. 26.4):
"los centros sostenidos con fondos públicos deberán ofrecer todos los
itinerarios", pero a renglón seguido afirma lo contrario, indicando que este
principio general se podrá adecuar a las "necesidades generales y de demanda"
y, por si esto no fuera suficiente, en la Ley se contempla la creación de "centros
con especialización curricular". Esto quiere decir que los centros educativos
podrán impartir los itinerarios que quieran; pero, claro, habrá que ofertar todos los
itinerarios posibles en función del alumnado existente en cada localidad.
Ante esto nos podemos preguntar: ¿quién se especializará en los
itinerarios que conducen al Bachillerato?, ¿quién ofertará el itinerario Tecnológico y
los Programas de Iniciación Profesional?, y nos podemos contestar: está claro, la
enseñanza privada, en virtud de l sacrosanto principio de la "libertad de
enseñanza" ofertará los itinerarios que quiera y la enseñanza pública, que debe
atender a todo el alumnado, deberá ofertar todos los itinerarios y, lógicamente, los
Programas de Iniciación Profesional, programas que de hecho se convierten en un cuarto
itinerario al que destacados pedagogos no han dudado en calificar como el "basurero
del sistema".
.Otra novedad importante que recoge la LOCE es la creación de los
centros específicos de Formación Profesional: "Los centros públicos de Educación
Infantil, de Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato y de
Formación Profesional se denominarán, respectivamente, Escuelas Infantiles, Colegios de
Educación Primaria, Institutos de Educación Secundaria e Institutos de Formación
Profesional."
Se abre así la puerta de nuevo a la separación de los Institutos de
Bachillerato y de Formación Profesional, ya iniciada con la creación experimental de
varios centros específicos de Formación Profesional en nuestra comunidad.
Admisión del alumnado
.A los criterios generales para la admisión de los alumnos en los
centros sostenidos con fondos públicos (la renta de la unidad familiar, hermanos
matriculados en el centro, la proximidad del domicilio), la LOCE añade además el
expediente académico en la enseñanza no obligatoria y "los centros de
especialización curricular podrán incluir como criterios complementarios otros que
respondan a las características propias de su oferta educativa".
Con estas propuestas los centros privados gozan aún de mayor libertad
para seleccionar a su alumnado, reforzando la concentración del alumnado con dificultades
en los centros públicos. A la larga esto conducirá a configurar una red pública de
carácter asistencial, dirigida a los sectores más desfavorecidos de la población, y una
red privada cuyo peso e influencia será cada vez mayor y acabará escolarizando a la
mayoría de la población. Las repercusiones en la disminución de puestos de trabajo y en
las condiciones laborales del profesorado de la enseñanza pública son evidentes.
.Es muy significativo además cómo la LOCE reinterpreta el artículo
14 de la Constitución Española: "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que
pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social." (Art. 14 de
la constitución). El artículo 72.3 de la LOCE se carga de un plumazo la referencia a la
discriminación en función de sexo: "En ningún caso habrá discriminación en la
admisión de alumnos por razones ideológicas, religiosas, morales, sociales, de raza o
nacimiento".
La dirección de los centros
El proceso de selección de los directores queda confuso en la LOCE, a
la espera de posteriores decretos que la desarrollen.
. Se crea la categoría de Director: profesores acreditados y que hayan
ejercido el cargo durante tres años, tras evaluación positiva de su labor.
. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos
se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera. La
selección será realizada por una comisión constituida por representantes de las
Administraciones educativas y, al menos en un 30% por representantes del centro
correspondiente.
. No es requisito estar acreditado, ni estar trabajando en el centro al
que se opta. La LOCE recoge como requisito "estar prestando servicios en un centro
público del nivel y régimen correspondientes", lo que puede dar lugar a utilizar el
cargo de director como sistema de traslados encubierto.
. Asimismo ya prevee la prorrgoga de los directores que este curso
finalizan su mandato: "Las administraciones educativas podrán prorrogar por un
período de un año el mandato de los directores y equipos directivos cuya finalización
se produzca este año."
Con todo ello, se recorta la participación de los distintos sectores
de la comunidad educativa y se aumenta el control ejercido por la administración sobre
los directores,que siempren tendrán sobre su cabeza la espada de Damocles de la
evaluación de su trabajo.
Reconocimiento de la labor docente
. Como novedad más importante aparece la referencia a medidas de
valoración de la función pública docente y de evaluación voluntaria del profesorado,
cuyos resultados serán tenidos en cuenta de modo preferente a efectos de movilidad y
promoción.
. Entre las medidas de apoyo al profesorado aparece como novedad la
reducción voluntaria de la jornada lectiva para los mayores de 55 años, pero con la
correspondiente disminución proporcional de las retribuciones. Y aunque también recoge
la posibilidad de la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra
naturaleza sin reducción de retribuciones, se queda sólo en eso: en
"posibilidad".
Cuerpo de catedráticos
. Se recupera el cuerpo de catedráticos, reservando un porcentaje de
plazas para el acceso de los profesores de Secundaria. No obstante, este acceso ha de
realizarse mediante concurso-oposición, preparándo un intenso temario, al igual que los
recién licenciados.
. La LOCE no precisa, más allá de cuatro generalidades, las funciones
y finalidad de este cuerpo de catedráticos. Se supone que se desarrollarán
posteriormente en nuevos decretos.
. Pero es inquietante la referencia a las vacantes y su posible
repercusión en el concurso de traslados: "Quienes accedan por este sistema tendrán
preferencia en la elección de destinos vacantes sobre los aspirantes que ingresen por el
turno libre de la correspondiente convocatoria." ¿Se va a volver al viejo sistema de
concurso de traslados diferente para catedráticos y agregados?.
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