DISPOSICIÓN

Número DOGV:
4455
Fecha DOGV:
07.03.2003
Sección:
III. CONVENIOS Y ACTOS
Subsección:
G) OTROS ASUNTOS
Origen inserción: Conselleria de Cultura y Educación
 
 
 
 
 
 
 
 
  Título inserción:
 

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2003, del director territorial de Cultura y Educación de Alicante, por la que se establece el calendario para la asignación de puestos escolares a alumnos de centros adscritos y para la admisión de alumnos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos para el curso 2003-2004. [2003/2538]

 

  Texto de la inserción:
 


RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2003, del director territorial de Cultura y
Educación de Alicante, por la que se establece el calendario para la asignación
de puestos escolares a alumnos de centros adscritos y para la admisión de
alumnos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos
públicos para el curso 2003-2004. [2003/2538]

El Decreto 27/1998, de 10 de marzo, (DOGV del 26 de marzo), del Gobierno
Valenciano, modificado por el Decreto 87/2001, de 24 de abril (DOGV del 30 de
abril), regula la admisión del alumnado en los centros docentes no
universitarios financiados con fondos públicos.

El procedimiento para la admisión de alumnos ha sido determinado por la Orden
de 3 de abril de 1998 (DOGV del 8 de abril), de la Conselleria de Cultura,
Educación y Ciencia, modificada por la Orden de 5 de marzo de 1999 (DOGV del 22
de marzo) y por la Orden de 2 de mayo de 2001 (DOGV del 8 de mayo).

El apartado cuarto de la citada orden encarga al director territorial el
establecimiento del calendario para el proceso de escolarización del alumnado
en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de su ámbito
competencial y la fijación de los plazos máximos de desarrollo de este proceso.

De otro lado, la generalización de las enseñanzas de Educación Secundaria
Obligatoria, permite unificar los periodos para la admisión de alumnos en todos
los centros que imparten enseñanzas básicas, posibilitando el ejercicio del
derecho del solicitante a obtener cualquier plaza vacante, con independencia
del tipo de centro en que se impartan esta enseñanzas, colegio de educación
primaria, instituto de educación secundaria o centro privado concertado.

Por tanto, se hace necesario establecer, para el curso 2003/2004 y en el ámbito
de la provincia de Alicante, el calendario de admisión de alumnos en los
centros financiados con fondos públicos de los niveles que en esta resolución
se citan, y los plazos máximos de desarrollo.

En consecuencia, y en virtud de las facultades que tengo conferidas, resuelvo:
Primero
La admisión del alumnado, para el curso 2003/2004, en los centros sostenidos
con fondos públicos de la provincia de Alicante y que imparten enseñanzas de
Educación Infantil, Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria
Obligatoria, se producirá de acuerdo con el calendario que aparece como Anexo I
de la presente resolución.

Segundo
La admisión del alumnado, para el curso 2003/2004, en los centros sostenidos
con fondos públicos de la provincia de Alicante y que imparten enseñanzas de
Bachillerato y Formación Profesional específica de grado medio, se producirá de
acuerdo con el calendario que aparece como Anexo II de la presente resolución.

Tercero
El alumnado que precise ser escolarizado una vez finalizado el proceso
ordinario de matriculación, seguirá el procedimiento establecido en el apartado
treinta y siete, 2, de la Orden de 3 de abril de 1998.

Cuarto
La escolarización de alumnos con necesidades educativas especiales se regirá
por la Orden de 11 de noviembre de 1994 (DOGV de 18.01.95), de la Conselleria
de Educación y Ciencia, y las previsiones que establecen tanto el Decreto
27/1998, del Gobierno Valenciano, sobre admisión del alumnado en los centros
docentes, como la Orden de 3 de abril de 1998, en sus apartados sexto, 3, K) y
veintitrés, 2.

Igualmente, son de aplicación las .Instrucciones de la Dirección General de
Centros Docentes en relación con el proceso de escolarización del alumnado con
necesidades educativas especiales y del que procede de compensación educativa.,
de fecha 15 de abril de 2002.

Quinto
A efectos de valorar las rentas anuales de la unidad familiar, el importe a
considerar será de 1.009.680 pesetas (6.068'30 euros), fijado como salario
interprofesional, para el año 2001, por Real Decreto 3476/2000 de 29 de
diciembre (BOE del 30).

Sexto
Los directores darán la difusión correspondiente a este calendario, incluyendo
su publicación en el tablón de anuncios del centro, y adoptarán la medidas para
que los alumnos y sus padres o tutores queden informados de los procedimientos
que les afecten.

Alicante, 20 de febrero de 2003.. El director territorial: Juan Espinar
Alberca.

ANEXO I
Calendario de admisión de alumnos
Centros de educación infantil, primaria y secundaria sostenidos con fondos
públicos

Este proceso de admisión afecta a las enseñanzas de Educación Infantil,
Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y se
organizará en las fases que se indican a continuación, con sujeción al
calendariao siguiente del año 2003:

I. Actuaciones previas al proceso de admisión
1. Confirmación de plaza en los supuestos previstos en el apartado segundo,
punto 4, y apartado once, punto 2, de la Orden de 3 de abril de 1998, de la
Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, modificada por la Orden de 2 de
mayo de 2001, y asignación de un puesto escolar en centros de educación
secundaria afectados por la adscripción de centros de educación primaria.

1.1 Presentación de la solicitud de confirmación de plaza en el centro donde el
alumno cursa la enseñanza actualmente:

del 17 al 31 de marzo.
1.2 Publicación de listas para la asignación de puesto escolar en centros de
secundaria:

el 2 de abril.
Cada centro adscrito publicará, en el tablón de anuncios, la lista de los
alumnos propios que han hecho uso del derecho de confirmación de plaza y, de la
misma forma, el instituto o centro de adscripción hará públicas las listas de
los alumnos procedentes del centro o centros de adscripción, a los que se les
asigna puesto escolar.

Los centros que se encuentran en la situación prevista en el apartado segundo,
punto 5 de la citada Orden de 3 de abril de 1998, abrirán un periodo de
reclamación a la lista publicada el 2 de abril, de tres días hábiles y, una vez
resueltas la reclamaciones, se hará pública la lista definitiva, el día 9 de
abril.

1.3 Remisión de la documentación académica y personal de los alumnos por parte
de los centros de origen a los de adscripción y formalización en éstos de la
situación académica de los alumnos (optatividad, religión/altenativas, idioma
.):

del 23 al 30 de junio.
2. Constitución de las comisiones municipales, de distrito y sectoriales de
escolarización:

hasta el 9 de abril, inclusive.
3. Publicación de las áreas de influencia y limítrofes:
hasta el 30 de abrl, incllusive.
4. Publicación de vacantes para el proceso de admisión de alumnos y
determinación de centros receptores:

hasta el 30 de abril, incllusive.
II. Admisión de alumnos
1. Presentación de las solicitudes de admisión y de la documentación
correspondiente:

del 5 al 14 de mayo, ambos inclusive.
2. Selección de solicitantes:
del 15 de mayo al 2 de junio, ambos inclusive:
· Baremación de solicitudes
· Elaboración de listas provisionales de alumnos admitidos y no admitidos, y
remisión a la comisión de escolarización. A este fin, quedan facultadas las
comisiones municipales de escolarización para fijar, según las circunstancias
de cada localidad, la fecha en que los centros deben enviar los listados
provisionales de alumnos.

Adjudicación de plaza a los alumnos que no la hayan obtenido en el primer
centro solicitado.

· Publicación de las listas provisionales del alumnado admitido y no admitido
por parte de cada centro: el 2 de junio

3. Reclamaciones ante el órgano competente de centro para el proceso de
admisión de alumnos:

del 3 al 5 de junio, ambos inclusive.
4. Publicación de las listas definitivas del alumnado admitido y no admitido:
el 6 de junio, sin perjuicio de la resolución de la comisión municipal de
escolarización sobre los casos a que hace referencia el punto siguiente.

5. Reclamaciones ante la comisión de escolarización, en el proceso de admisión
de alumnos en centros públicos:

del 9 al 12 de junio, ambos inclusive.
6. Resolución de las reclamaciones por parte de la comisión de escolarización,
en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:

del 13 al 18 de junio, ambos inclusive.
7. Formalización de la matrícula en los centros:
del 19 al 30 de junio, ambos inclusive.
8. Prolongación de la escolaridad.
En relación con los alumnos que hayan cursado diez años académicos de
escolaridad y que cumplan la edad para concluir la enseñanza obligatoria, los
centros establecerán un plazo para que estos alumnos manifiesten que se acogen
al derecho de prolongación de la escolaridad que les otorga la LOGSE. Este
plazo estará incluido en los límites establecidos para la formalización de la
matrícula, punto 7 de este epígrafe.

9. Adjudicación de vacantes no ocupadas en el plazo de la matriculación:
del 1 al 4 de julio
Las vacantes que no se cubran por aplicación del artículo 23 del Decreto
27/1998 o por otras causas, se ofrecerán a los alumnos no admitidos, según el
orden de puntuación obtenida.

10. Recurso ordinario ante el director territorial de Cultura y Educación, en
el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:

un mes contado desde la recepción del acuerdo adoptado por la comisión de
escolarización.

En los centros privados sostenidos con fondos públicos, los interesados podrán
formular denuncia ante la Dirección Territorial de Cultura y Educación.

11. Tramitación de vacantes al finalizar el proceso
hasta el 10 de julio:
· Remisión de las vacantes a la comisión de escolarización por parte de los
centros docentes.

Traslado por las comisiones de escolarización de las relaciones de vacantes de
los centros de su competencia (anexo XIV de la Orden de 03.04.98) a la
Dirección Territorial de Cultura y Educación (Servicio de Inspección
Educativa).

ANEXO II
Calendario de admisión de alumnos
Centros de educación secundaria sostenidos con fondos públicos
Este proceso de admisión afecta a las enseñanzas de Bachillerato y Formación
Profesional específica de grado medio y se organizará en las fases que se
indican a continuación, con sujeción al calendario siguiente del año 2003

I. Actuaciones previas al proceso de admisión
1. Constitución de las comisiones municipales y sectoriales de escolarización:
hasta el 5 de mayo, inclusive.
2. Publicación de las áreas de influencia y limítrofes:
hasta el 16 mayo, inclusive.
3. Publicación de vacantes para el proceso de admisión de alumnos y
determinación de los centros receptores.

hasta el 16 de mayo, inclusive.
II. Admisión de alumnos
1. Presentación de las solicitudes de admisión y de la documentación
correspondiente:

del 19 al 30 de mayo, ambos inclusive.
2. Selección de solicitantes:
del 2 de junio al 4 de julio, ambos inclusive:
· Baremación de solicitudes
· Entrega del certificado justificativo de las condiciones académicas para
cursar los estudios solicitados (certificación de obtención de Graduado en
Educación Secundaria y certificación del Area Plástica y Visual si se pretende
acceder al Bachillerato de Artes): hasta el 20 de junio, inclusive.

Elaboración de listas provisionales de alumnos admitidos y no admitidos, y
remisión a la comisión de escolarización. A este fin, quedan facultadas las
comisiones municipales de escolarización para fijar, según las circunstancias
de cada localidad, la fecha en que los centros deben enviar los listados
provisionales de alumnos.

· Comunicación de los datos relativos a las peticiones de admisión, por parte
de los institutos, a la Inspección Educativa: el 26 de junio.

· Adjudicación de plaza a los alumnos que no la hayan obtenido en el primer
centro solicitado.

· Publicación de las listas provisionales del alumnado admitido y no admitido
por parte de cada centro: el 4 de julio

3. Reclamaciones ante el órgano competente de centro para el proceso de
admisión de alumnos:

del 7 al 9 de julio, ambos inclusive.
4. Publicación de las listas definitivas del alumnado admitido y no admitido:
el 10 de julio, sin perjuicio de la resolución de la comisión municipal de
escolarización sobre los casos a que hace referencia el punto siguiente.

5. Reclamaciones ante la comisión de escolarización, en el proceso de admisión
de alumnos en centros públicos:
del 11 al 15 de julio, ambos inclusive.
6. Resolución de las reclamaciones por parte de la comisión de escolarización,
en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:

del 12 al 17 de julio, ambos inclusive.
7. Formalización de la matrícula en los centros:
del 18 al 25 de julio, ambos inclusive
El alumnado de Bachillerato y Formación Profesional del propio centro no sujeto
al proceso de admisión, que en la evaluación final de junio esté en condiciones
académicas de promocionar al curso siguiente, formalizará su matrícula en el
mes de julio, en el plazo que, a tales efectos, determine cada centro.

8. Adjudicación de vacantes no ocupadas en el plazo de la matriculación:
del 28 al 31 de julio, ambos inclusive
Las vacantes que no se cubran por aplicación del artículo 23 del Decreto
27/1998 o por otras causas, se ofrecerán a los alumnos no admitidos, según el
orden de puntuación obtenida.

9. Recurso ordinario ante el director territorial de Cultura y Educación, en el
proceso de admisión de alumnos en centros públicos:

un mes contado desde la recepción del acuerdo adoptado por la comisión de
escolarización.

En los centros privados sostenidos con fondos públicos, los interesados podrán
formular denuncia ante la Dirección Territorial de Cultura y Educación.

III. Calendario extraordinario de admisión de alumnos, exclusivamente para
aquellas enseñanzas en las que se aplican pruebas en septiembre

1. Publicación de vacantes y presentación de solicitudes:
hasta el 5 de septiembre, inclusive.
2. Selección de solicitantes:
hasta el 11 de septiembre, inclusive:
· Baremación de solicitudes y adjudicación de plazas por el órgano competente
de centro para el proceso de admisión de alumnos.

· Reuniones de las comisiones de escolarización.
· Publicación de listas provisionales.
3. Reclamaciones:
el 12 de septiembre.
4. Resolución de reclamaciones por la Comisión Municipal de Escolarización y
plublicación de listas definitivas:

el 15 de septiembre.
5. Formalización de matrícula:
hasta el 18 de septiembre.
El alumnado de Bachillerato y Formación Profesional del propio centro no sujeto
al proceso de admisión, y afectado por la evaluación extraordinaria de
septiembre, formalizará su matrícula en este mes, en el plazo que, a tales
efectos, determine cada centro.

6. Tramitación de vacantes al finalizar el proceso:
hasta el 22 de septiembre:
Remisión de las vacantes a la comisión de escolarización por parte de los
centros docentes.

· Traslado por las comisiones de escolarización de las relaciones de vacantes
de los centros de su competencia (anexo XV de la Orden de 03.04.98) a la
Dirección Territorial de Cultura y Educación (Servicio de Inspección
Educativa).

7. Matrícula de alumnos repetidores
Los directores de los centros establecerán un plazo de matrícula para los
alumnos repetidores del propio centro, los cuales tendrán que matricularse en
este periodo, pasado el cual, perderán la opción al puesto escolar. En
cualquier caso, el plazo será anterior al establecido para los alumnos de nuevo
ingreso.