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Conservatorios
Mejora de las condiciones laborales
y las retribuciones
1. Valoración retributiva y social de la tarea docente. Aumento del
Complemento específico en 300 euros mensuales para todo el profesorado.
Integración de los sexenios en la masa salarial. No a la creación de
los grados ni del complemento de innovación educativa.
2. Ampliación de los permisos actuales: por
asistencia a familiares con necesidades de atención doméstica;
reducción de la jornada lectiva al profesorado mayor de 55 años sin
disminución de las retribuciones; regulación del año sabático;
reducción de jornada por estudios.
3. Prórroga indefinida de la jubilación voluntaria
con 30 años de servicio o 60 años de edad con el 100% de las
retribuciones.
4. Exigencia del Plan de Prevención de Riesgos
Laborales (instalaciones, planes de emergencia, etc.). Reconocimiento
del catálogo de enfermedades profesionales.
5. Cláusula de revisión salarial anual. Pago único
que compense la pérdida adquisitiva de los años anteriores. No a los
planes de pensiones privados.
6. Reducción de las horas lectivas en la dedicación
horaria semanal de todo el profesorado. Reducción del horario lectivo
del profesorado por dedicación a la tutoría.
7. Oferta formativa que incluya: licencias
retribuidas por estudios, participación programas específicos,
nacionales e internacionales, y flexibilidad de los permisos para
asistir a congresos, actos culturales, intercambios, etc. La oferta
formativa de los Cefires debe contemplar la especificidad de las
enseñanzas de Música, Danza y Arte Dramático.
8. Implantación de una política preventiva en
materia de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. Reconocimiento del
catálogo de enfermedades profesionales.
9. Equiparación de las retribuciones del profesorado
interino a las del funcionariado de carrera.
Organización escolar y plantillas
10. Reglamento Orgánico y Funcional que tenga en
cuenta la especificidad de éstas enseñanzas y que establezca los
departamentos didácticos de acuerdo con las especialidades del
profesorado y de los estudios superiores y de Ciclos Formativos que se
ofrezcan.
11. Plantillas adecuadas para una atención
personalizada al alumnado. Incremento de las plantillas. Creación de la
primera plaza de la especialidad con un mínimo de ocho horas y las
siguientes con un mínimo de 12 horas.
12. Concurso de traslados anual con publicidad e
información sobre las vacantes ofertadas. Provisión pública de todas
las vacantes y transparencia en todas las adjudicaciones.
13. Autonomía de los centros para gestionar los
recursos económicos.
14. Elección democrática de todos los cargos
unipersonales. Potenciación de las funciones de los claustros y de su
capacidad de decisión.
15. Estabilización de las plantillas, con medidas
urgentes y sostenidas que eviten el nivel elevado de eventualidad y la
falta de transparencia en la adjudicación de las comisiones de
servicio.
16. Las asignaturas instrumentales deben cumplir el
horario establecida y en ningún caso recortarlo.
17. Ampliación de la oferta de Bachillerato
Artístico y creación de centros integrados. Por otro lado, el plan de
estudios de Grado Medio debe ser flexible y contemplar la posibilidad de
revalidación con los estudios de Régimen General.
18. Recuperación de la Música de Cámara como
especialidad.
19. Creación de Ciclos Formativos de Grado Medio y
Superior en especialidades técnicas para el Arte Dramático —Caracterización,
Luminotecnia, Atrezzo y Utillería, Escenografía, Vestuario— ciclos
que hay que implantar en los IES.
20. Creación de Ciclos Formativos de Grado Medio y
Superior relacionados con la Música: Afinación, Lutería,
Mantenimiento de instrumentos.
21. Integración del personal de administración y
servicios en las plantillas de los centros, con una previsión
suficiente de la Conselleria de Educación para atender todas las
sustituciones. Mejora de personal de los equipos educativos estables
para los centros de mayor complejidad.
Servicio público
22. Desarrollo de la LOE con el objetivo de que las
titulaciones de las enseñanzas superiores de Música, Canto, Arte
Dramático y Arte y Superior de Diseño se incluyan en el espacio
europeo de enseñanzas superiores. Ordenación coherente de los estudios
en el sistema de grados universitario.
23. Ampliación y consolidación de la red de centros
que atienda la demanda de enseñanzas musicales mediante una oferta
amplia y diversa de especialidades. La red de conservatorios del País
Valenciano debe estar en condiciones de impartir todas las enseñanzas
contempladas en los diseños curriculares.
24. Racionalización del mapa de centros de
enseñanzas musicales que atienda y combine la distribución geográfica
y la demanda social.
25. Oferta de plazas públicas en todos los grados
que asegure unas enseñanzas musicales de calidad, de acuerdo con la
demanda existente, con especial atención al Grado Elemental. Creación
de una red de Escuelas de Música y Danza, de titularidad pública, que
cumpla los requisitos mínimos sobre equipamientos, ratios y perfil del
profesorado.
26. Rehabilitación de los centros educativos con un
control técnico periódico de todas las instalaciones. Adecuación de
los espacios educativos a las necesidades pedagógicas y tecnológicas
de aulas, bibliotecas y, talleres. Política de inversiones públicas
para realizar una oferta suficiente de plazas públicas.
27. Cumplimiento de los requisitos mínimos de los
conservatorios para impartir éstas enseñanzas en lo que se refiere a
edificios, espacios, equipamientos, accesos para las personas
discapacitadas, etc.
28. Creación de becas y alojamientos públicos para
el alumnado de los conservatorios superiores que faciliten el acceso y
la continuidad de los estudios.
29. Admisión de la matrícula en más de una
especialidad. Reforma de la prueba de aptitud para que la edad no sea
excluyente.
30. Banco de instrumentos adecuados a las edades y al
desarrollo físico del alumnado, que permita su préstamo, al menos en
los primeros cursos.
31. Catalogación lingüística de los puestos de
trabajo.
32. Currículo científico y equilibrado elaborado
con la participación del profesorado. Inclusión de los aspectos
coeducativos y socioafectivos.
33. Financiación suficiente: la inversión en el
sistema educativo público debe conseguir el 7% del PIB.
Salud laboral
34. Modelo integrado de Prevención de Riesgos
Laborales en el sistema de gestión de la Administración. Cumplimiento
de la legalidad y de los acuerdos entre los sindicatos y la Conselleria
de Educación: plan de Prevención de Riesgos Laborales, impulso de los
Servicios de Prevención, vigilancia de la salud, adaptación de puestos
de trabajo, planes de emergencia y desarrollo de la figura de
coordinador/a de salud laboral de centro.
35. Reconocimiento de las enfermedades laborales
(problemas con la voz, estrés, mobbing, patologías músculo
esqueléticas...) y tratamiento preventivo de las mismas y del malestar
que genera la violencia en el trabajo, con reconocimientos médicos
específicos.
36. Evaluación de las instalaciones y condiciones de
los diferentes puestos de trabajo: espacios, ruido, iluminación,
temperatura, humedad y ventilación, pantallas de visualización de
datos y condiciones ergonómicas de todos los centros y puestos de
trabajo.
Atención especial a las condiciones de sonoridad y a los riesgos de
decorados y montajes.
37. Identificación de los riesgos laborales y
adopción de medidas de protección para quien ha sufrido o sufre
enfermedades graves o muy frecuentes. Protección especial para
trabajadoras por maternidad. Atención específica a trabajadoras y
trabajadores con discapacidades.
38. Elaboración de un proyecto colectivo para
conseguir más compromiso profesional con la escuela pública, exigiendo
condiciones saludables y de apoyo social y administrativo.
Conciliación de la vida laboral y
familiar
39. Ampliación, hasta tres años, del derecho de
conservar el destino y la antigüedad por parte del profesorado con
excedencia por cuidado de hijos.
40. Retribución del 100% del salario para personas
beneficiarias de reducción de jornada y con permiso específico.
41. Ampliación del período de permiso maternal a 24
semanas, con el 100% del sueldo, según las recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud.
42. Adaptación del puesto de trabajo a las mujeres
embarazadas o en período de lactancia, cuando las condiciones de
trabajo puedan perjudicar su salud.
43. Posibilidad de acumulación del permiso de
lactancia al de maternidad.
44. Permiso de paternidad de cuatro semanas,
acumulable al de maternidad, en familias monoparentales.
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